Comparativa
DeCA vs Carta de Porte
Dos documentos obligatorios, dos funciones distintas. Te explicamos las diferencias clave para que no te multen.
| DeCA | Carta de porte | |
|---|---|---|
| Qué es | Documento de control administrativo | Documento contractual |
| Obligatorio | Sí (transporte público) | Sí (transporte público) |
| Desde cuándo | 5 octubre 2026 (digital) | Ya existente |
| Quién lo genera | Cargador contractual (art. 7.2 FOM/2861/2012) | Cargador o transportista |
| Formato | PDF nativo digital con QR | Papel o electrónico (eCMR) |
| Función | Acreditar el control administrativo ante inspección | Regular condiciones del transporte |
| Sanción por no portarlo | 401-600 € | Variable según contrato |
| Base legal | Orden FOM/2861/2012 + Resolución BOE-A-2026-12784 | Ley 15/2009 (LCTTM), arts. 9-13 |
¿Para qué sirve el DeCA?
El DeCA (Documento de Control Administrativo) es el documento que la inspección de transporte te pide cuando para tu camión. Acredita que los datos del cargador y transportista son correctos, la mercancía está documentada y el transporte es legal. Es un documento de control administrativo — su función es que la administración pueda verificar que todo está en orden.
¿Para qué sirve la carta de porte?
La carta de porte es el documento contractual entre cargador y transportista. Regula las condiciones del transporte, el precio, la responsabilidad por daños y las condiciones de entrega. Es un documento privado entre las partes, no un documento de control para la administración. Su base legal es la Ley 15/2009 (LCTTM).
¿Pueden coexistir?
Sí. De hecho, la Resolución BOE-A-2026-12784 permite integrar los datos del DeCA en la carta de porte si esta cumple los requisitos técnicos: PDF nativo digital (no escaneado), código QR con URL directa, sin autenticación para acceder y tamaño máximo 5 MB. Si ya usas carta de porte electrónica (eCMR), puedes incluir los datos del DeCA en el mismo documento.
¿Qué documentos necesitas portar?
Ambos. El DeCA es obligatorio desde octubre 2026. La carta de porte ya era obligatoria. En un control de transporte, necesitas tener:
- El DeCA (PDF con QR a bordo)
- La carta de porte (papel o electrónica)
No sustituyen al uno al otro. Son complementarios.
Errores comunes
❌ "Si tengo carta de porte, no necesito DeCA"
Falso. Son obligaciones distintas. La carta de porte no exime del DeCA.
❌ "El DeCA reemplaza la carta de porte"
Falso. Coexisten. Cada uno tiene su función.
❌ "La eCMR ya sirve como DeCA"
Solo si incorpora todos los campos del art. 6 FOM/2861/2012 y cumple los requisitos técnicos de la Resolución BOE-A-2026-12784.
Preguntas frecuentes
¿El DeCA sustituye a la carta de porte? +
No. Son documentos distintos con funciones diferentes. El DeCA es un documento de control administrativo para la inspección. La carta de porte es un documento contractual entre cargador y transportista. Ambos son obligatorios y deben portarse a bordo.
¿Puedo usar la carta de porte como DeCA? +
Solo si tu carta de porte cumple los requisitos técnicos del DeCA: PDF nativo digital (no escaneado), código QR con URL directa HTTPS sin autenticación, y tamaño máximo 5 MB (Resolución BOE-A-2026-12784). La mayoría de las cartas de porte en papel no cumplen.
¿La eCMR sirve como DeCA? +
Solo si incorpora todos los campos del artículo 6 de la Orden FOM/2861/2012 y cumple los requisitos técnicos de la Resolución BOE-A-2026-12784. La mayoría de las eCMR actuales no están diseñadas para ello.
¿Qué pasa si tengo carta de porte pero no DeCA? +
Te expones a una sanción de 401 a 600 € por no portar el DeCA (art. 141.17 + art. 143.d LOTT). La carta de porte no exime de la obligación del DeCA.
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